El juez rechaza una de las querellas contra Fernando Simón presentada por familiares de una fallecida

01.06.2020 16:19

Un juez de Madrid dice que el homicidio imprudente correspondería a otro juzgado y que no hay base para considerar delictiva la falta de medios de protección o la forma de contabilizar los muertos

El Juzgado de Instrucción número 11 de Madrid ha rechazado admitir a trámite una de las querellas presentadas contra el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón. Se trata de la querella interpuesta por un hijo y un nieto de una mujer fallecida en marzo por Covid-19, en la que se atribuía al alto cargo de Sanidad los delitos de homicidio imprudente, contra los derechos de los trabajadores y falsedad documental. En su escrito al juez se solicitaba como medida cautelar la retirada del pasaporte a Simón para impedir que saliera de España.

El juez rechaza que haya motivo para investigar ninguno de los tres delitos. El más grave, el de homicidio imprudente, por un motivo procesal: el fallecimiento se produjo en Móstoles, por lo que la investigación correspondería a los juzgados de esa localidad y no a los de la capital.

En cuanto a la falta de material de protección adecuado para los sanitarios, el juez rechaza que pueda considerarse un delito contra los trabajadores porque resulta "notorio" que en esas fechas había escasez de medios de protección. "No puede considerarse constitutivo de delito el hecho de no proporcionar medios de los que no se disponía ante una pandemia de imprevisible evolución y extensión". Además, según el magistrado Juan Javier Pérez, también son notorias las discrepancias entre la comunidad científica sobre "la mayor o menor idoneidad" de los medios de protección utilizados por los sanitarios frente al coronavirus.

Tampoco ve indicios de delito en el recuento de los fallecidos, resalta que es evidente que existen "diferentes métodos" de contabilizar los muertos por Covid-19, incluyendo el que tienen cuenta que se haya confirmado el contagio mediante una prueba. En cualquier caso, la elección de una u otra manera de contabilizar "no puede reputarse falsa" cuando se indican los parámetros que se siguen.

Los querellantes han presentado un recurso ante la Audiencia Provincial de Madrid contra el auto del juzgado 11. Sobre el homicidio imprudente, el despacho SF Litigación sostiene que el juez debía haber enviado la querella a los juzgados de Móstoles en vez de sólo rechazarla, además de haberse pronunciado sobre la medida cautelar y haber activado las investigaciones iniciales.

Tampoco cree que puedan considerarse notorias las afirmaciones que hace el juez sobre los medios de protección o los sistemas de contabilización. Y recuerdan los datos de los tribunales superiores de Castilla y León y Castilla-La Mancha, que revelaban muchos más fallecidos reales que contabilizados.

La semana pasada, la juez que investiga al delegado del Gobierno en Madrid por autorizar manifestaciones como la del 8-Mrechazó imputar a Simón alegando que había al menos dos querellas más en juzgados de Madrid contra él.

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